¿Quién está obligado a hacer la declaración de la renta 2025-26?
05 de marzo
- Actualizado el 04 de febrero de 2026 a las 14:18:40
Cada año se repite la misma pregunta: quién está obligado a hacer la declaración de la renta y quién puede dejar de presentarla. Que si hay un límite de ingresos, o si hay que fijarse en el número de pagadores o si depende en general de varios factores. Hay mucha información y es mejor aclararlo para evitar malentendidos (especialmente con Hacienda). Si quieres saber cuándo es obligatorio hacer la declaración de la renta 2025-2026, te lo contamos a continuación.
- ¿Cuándo es obligatorio hacer la declaración de la renta 2025?
- Límite de ingresos para hacer la declaración
- ¿Quién no tiene que hacer la declaración de la renta este 2026?
- ¿Qué significa “a ingresar” o “a devolver”?
- ¿Por qué presentar la declaración aunque no sea obligatoria?
- ¿Qué pasa si la renta me sale a pagar pero no estoy obligado?
¿Cuándo es obligatorio hacer la declaración de la renta 2025?
Aunque se tienen en cuenta múltiples factores, el punto principal para saber cuándo estás obligado a hacer la declaración de la renta son los rendimientos íntegros del trabajo. Es decir, el dinero que se percibe ya sea como trabajador por cuenta propia o ajena, pensionistas o cualquier otro contribuyente que supere unos baremos. Estos son los casos en los que se está obligado a hacer la declaración de la renta 2025-26:
Límite de ingresos para hacer la declaración
Este 2026, el límite de ingresos para estar exento de presentar la declaración es de 22.000 euros en el caso de un solo pagador. Este límite baja a 15.876 euros en los casos de tener dos o más pagadores siempre que de ellos se perciban más de 1.500 euros.
Con dos o más pagadores
Este caso es súper frecuente hoy en día: trabajas unos meses en un sitio, luego te despiden, cobras paro o te contratan en otro lado. En este caso, está obligado a declarar quien haya tenido dos o más pagadores y unos ingresos máximos de 15.876 euros. Sin embargo, no será obligatorio si la suma de las rentas del segundo o más pagadores no supera los 1.500 euros, tal como recoge el artículo 96 de la Ley 35/2006 del IRPF.
Es importante tener en cuenta que las prestaciones por desempleo o los casos de dependientes del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), también se consideran como un pagador más.
Por supuesto, siempre hay matices y situaciones más complejas (becas, indemnizaciones por despido, etc.). Pero, a grandes rasgos, lo que busca Hacienda es que no dejes de declarar dinero que realmente has recibido, aunque provenga de fuentes diferentes.
Si cobras el paro
Las personas que perciben la prestación por desempleo están obligadas a hacer la declaración a partir de ahora. Sin importar si cumples o no con el importe mínimo obligatorio, como refleja el BOE.
Beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV)
Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV) están obligados a presentar la declaración de la renta en 2026, tal como recoge el artículo 36 de la Ley 19/2021.
Pensionistas
Los pensionistas están obligados a hacer la declaración de la renta 2025-26 si sus ingresos superan los 22.000 euros.
En aquellos casos en que además se perciba una prestación por jubilación del extranjero el límite baja a los 15.876 euros anuales.
Ganancias patrimoniales y rendimientos
Los rendimientos íntegros del capital mobiliario o las ganancias patrimoniales (que hayan estado sometidos a retención o ingreso a cuenta) deben declararse siempre que superen el límite de 1.600 euros. Están exentas en caso de que no se supere este límite.
También será obligatorio presentar la declaración si, en conjunto, se superan los 1.000 euros procedentes de rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos de Letras del Tesoro (que no están sujetas a retención), subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas. También están obligados a declarar quienes tengan pérdidas patrimoniales que iguales o superiores a 500 euros.
Ayudas de alquiler
Si has recibido ayudas para pagar el alquiler, como la del Bono Joven de Alquiler, es necesario incluirla en la declaración de la renta ya que se considera una ganancia patrimonial desde el punto de vista fiscal y no está exenta.
¿Quién no tiene que hacer la declaración de la renta este 2026?
Es bastante simple saber quién no está obligado a hacer la declaración de la renta, ya que serían todas aquellas personas que no superen los límites marcados (por ejemplo, a partir de la cantidad de 22.000 euros hay que declarar a Hacienda; menos de ese importe no sería obligatorio). No obstante, desde 2026 todos los autónomos que hayan estado de alta en el RETA en algún momento de 2025, así como los beneficiarios del IMV, están obligados a declarar sin importar su nivel de ingresos.
Esto mientras tampoco se obtengan ganancias adicionales que exijan informar a Hacienda, como la venta de una vivienda con beneficio, entre otras casuísticas.
En general, si los ingresos no alcanzan las cantidades mínimas establecidas y no se poseen fuentes de dinero extra que activen la obligación, es posible quedar exento de presentar la declaración de la renta. Por ejemplo, una persona que cobra 14.000 euros de un único pagador, no percibe ningún ingreso extra, no ha vendido propiedades y no tiene ganancias de capital, no está obligada a declarar. Sin embargo, si esa misma persona hubiera trabajado por cuenta propia aunque fuera un solo día, esa exoneración desaparecería y tendría que presentar la renta obligatoriamente.
Sin embargo, es recomendable comprobar siempre el borrador de la renta o consultar con un especialista para no dejar pasar ninguna oportunidad de llevarte un dinerillo extra si te corresponde o evitar sanciones.
¿Qué significa “a ingresar” o “a devolver”?
Al completar el borrador, pueden aparecer tres resultados: “a ingresar”, “a devolver” o “declaración negativa”. Este resultado es muy importante para decidir si presentar o no la declaración, aunque no sea obligatoria. Por ello, es útil aclarar lo que significa cada uno.
- “A devolver”. Hacienda ingresará esa cantidad en la cuenta del contribuyente si se opta por presentar la declaración.
- “A ingresar”. Hay que pagar lo que aparezca reflejado.
- Resultado cero o “declaración negativa”. No toca pagar nada, pero tampoco se recibe dinero.
Si sale “a devolver,” normalmente Hacienda hace el ingreso en unos días. Sin embargo, dispone de un plazo máximo de seis meses a contar desde el 30 de junio de 2026 (último día para presentar la declaración esta campaña 2025).
¿Por qué presentar la declaración aunque no sea obligatoria?
No estar obligado a presentar la declaración no significa que no interese hacerlo. Presentarla de forma voluntaria puede ser sinónimo de recibir una devolución si se han practicado retenciones de más en la nómina (como ya mencionamos, que el resultado salga "a devolver"), o si puedes aplicar deducciones por vivienda habitual, donativos, planes de pensiones u otros conceptos. En definitiva, que puedes ahorrar haciendo la declaración.
También conviene presentar la declaración para acreditar la inexistencia de la renta. Por ejemplo, en el caso de la Renta Activa de Inserción (RAI) o el Programa de Activación para el Empleo (PAE).
Al final, no es lo mismo “no estar obligado” que “no querer hacerla”. En muchas ocasiones, puede compensarte. Así que, antes de descartar, mira bien todos los datos, gastos deducibles y, sobre todo, si puedes recibir alguna devolución.
¿Qué pasa si la renta me sale a pagar pero no estoy obligado?
Si estás obligado a presentar la declaración de la renta y te toca pagar, no hay más remedio. Ya que en caso de no presentarla se inicia un proceso de comprobación que puede derivar en sanciones económicas. Pero si no estás obligado y al hacer el borrador descubres que tendrías que pagar, nadie te exige hacerlo. Eso sí, asegúrate bien de no estar obligado por alguno de los supuestos que ya vimos. Si efectivamente no estás dentro de esas situaciones, tú decides si compensa presentarla o no.
En cualquier caso, lo importante es no despistarse con el calendario de la renta y no dejar para el último momento la declaración. Lo recomendable es revisar siempre el borrador, confirmar todos los datos y presentar la declaración cuando sea favorable o, por supuesto, si la ley obliga a ello. Es la mejor forma de evitar problemas con Hacienda y aprovechar cualquier devolución a la que se tenga derecho.
Si, después de revisarlo todo, surge alguna duda sobre quién tiene que hacer la declaración de la renta este 2026, lo más seguro es consultar a un especialista en asesoría fiscal o dirigirse directamente a la Agencia Tributaria.
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